martes, 12 de abril de 2011

EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SUSPENDE EL FUNCIONAMIENTO DEL ORGANISMO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA

El Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, organismo rector de las políticas de infancia en la ciudad, ha decidido incumplir en esta gestión la propia Constitución de la Ciudad (Art.39) y la ley 114 de protección de los derechos de la infancia, que le diera origen, desconocer el rol institucional de garante del sistema de protección integral de todos los derechos que tienen los niños y niñas en la Ciudad de Buenos Aires y menospreciar la capacidad y entendimiento de chicos y chicas.
Resulta inexplicable que un organismo que fuera creado con el fin de diseñar y hacer exigible las políticas públicas de infancia sea el primero en vulnerar la institucionalidad y los criterios fundamentales de la ley 114:
El Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes integrado por la Dirección Ejecutiva (Presidente y Vicepresidente nombrados por el Jefe de Gobierno) y por el Plenario, ámbito donde se deben establecer los lineamientos centrales de la política de infancia, no podrá funcionar por una decisión adoptada por los funcionarios políticos en forma inconsulta con el resto de los integrantes del Plenario (seis funcionarios de los ministerios del gobierno, cinco representantes de la legislatura porteña, cinco de las organizaciones sociales, dos del Consejo de la Juventud , un representante de la Asesoría General Tutelar y cuatro representantes de las Defensorías zonales como organismos descentralizados del propio CDNNyA). La Dirección Ejecutiva del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes ha decidido de facto la suspensión del Plenario, utilizando un mecanismo de adopción de decisiones que no sólo raya con lo autoritario, sino que desconoce la ley que regula su funcionamiento y sus instancias de decisión y participación. De esta forma se han presentado las líneas de trabajo para el año 2011, ante la opinión pública, sin ser ponerlas previamente a consideración del Plenario.
Las recomendaciones sobre el funcionamiento de las políticas de infancia realizadas por el Plenario han tenido escasa consideración por las áreas del gobierno porteño, quienes tienen la responsabilidad de efectivizar las políticas de estado que se aprueban en este ámbito, siendo el propio Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes el primero en vulnerar y desatender tales recomendaciones.
El Plan Transversal de las Políticas de Infancia de aprobación anual que involucra a todas las áreas de gobierno para diseñar y ejecutar estratégicamente las políticas destinadas a los niños de la Ciudad no ha podido ser aprobado por el Plenario como consecuencia de las serias deficiencias de su contenido y la falta de correlato presupuestario.
El Gobierno de la Ciudad tiene una decisión manifiesta de incumplir la Constitución de la Ciudad y la ley 114 de Protección Integral de los Derechos de la infancia, producir un vaciamiento del organismo que se evidencia con la ausencia sistemática de los funcionarios políticos que deben concurrir a las reuniones del Plenario y que tienen a su cargo el cumplimiento de las políticas, mientras el Consejo de los Derechos pretende convertirlo en un espacio de contenidos contrarios a la promoción y protección de derechos de chicos y chicas como lo demuestra la página Web “VEO VEO”, recientemente suspendida, no solo como consecuencia de sus mediocres contenidos, sino que además se sustenta en la vieja “doctrina de la situación irregular”, modelo de control social que se sostuvo por más de un siglo, y que en la actualidad contradicen los tratados internacionales incorporados en la Constitución Nacional y la Ley nacional 26.061 de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes aprobada por unanimidad en el Congreso de la Nación.
Así, el Gobierno de la Ciudad en esta página Web remarca que para ellos, los derechos de las personas menores de edad, no tienen su fuente en la condición de sujetos de derechos que la Convención sobre los Derechos del Niño, sino que se sustentan en la falta de madurez física y mental o en el viejo concepto de incapacidad en la que se promovía la protección de las personas por su condición moral o material y no por los derechos que la constitución les garantiza.
En una demostración más del desconocimiento del enfoque de derechos que debe regir la definición de las políticas, la página del Consejo además de recomendar la ingesta de alimentos que no componen la dieta habitual de los niños, deportes que no son de práctica cotidiana y espectáculos que no están al alcance de todos los niños, por sobre todas las cosas desvaloriza al lector al cual dirige su publicación.
Pero este desconocimiento de la perspectiva de derechos es el común denominador del accionar de este organismo. Veamos:
·        Cuáles son las acciones y las políticas que se exigen a las áreas específicas cuando se vulnera el derecho a la vivienda de las familias con niños que viven en situación de precariedad habitacional, en las numerosas villas y barrios carenciados de la Ciudad, con desalojos forzosos y la desidia de no ejecutar los presupuestos otorgados por la Legislatura para vivienda y urbanización que terminan desencadenando sucesos como los del Parque Indoamericano?
·        Dónde está el Consejo de Derechos a la hora de hacer efectiva una respuesta a la numerosas familias bajo la línea de pobreza e indigencia que duermen noche a noche en las calles porteñas, cuyo único recurso son los “paradores”, verdaderos reservorios para pobres con los que se quiere paliar la falta de políticas públicas?
·        Qué ha hecho el Consejo de Derechos cuando chicos y chicas de la Ciudad de Buenos Aires, son dados de alta de los hospitales especializados destinados a niños con problemas de salud mental como el hospital Tobar García y el hospital Alvear y no hace efectivo recursos tan elementales como el fortalecimiento familiar, operadores hospitalarios o terapéuticos provocando así la internación innecesaria y prolongada en lugares no adecuados para niños y adolescentes violando el derecho a la salud¨?

  • Cuáles son las medidas que el Consejo de Derechos ha implementado ante las faltantes de vacantes escolares o la necesidad de instrumentar la doble escolaridad en los barrios del sur como Lugano y Soldati donde es inminente la necesidad de hacer efectivo el derecho a la educación?
  • Qué acciones realiza el Consejo de los Derechos para fiscalizar las comunidades terapéuticas en las que la Dirección de Políticas de Adicciones terceriza la atención de niños y adolescentes, desconociendo que existen instituciones que vulneran los derechos de los niños/as y adolescentes como ha denunciado recientemente el informe de la Asesoría General Tutelar que detectó en una visita la existencia de un niño maniatado.
  • Cuál es la verdadera propuesta de política de cuidado infantil en la ciudad de Buenos Aires, los CEDI, los CAF o los CEPI a cargo de las áreas sociales, o lo que verdaderamente trasciende: una fragmentación de las políticas para una misma población, en lugar de garantizar jardines maternales del sistema educativa que mantengan el criterio de igualdad educativa para todos los niños y niñas desde el comienzo de su escolaridad.
  • Por qué el Consejo de los Derechos utiliza como política más frecuente la internación de niños en instituciones si la ley nacional de infancia promueve una serie de medidas contrarias a la institucionalización, siendo ésta la última ratio y cuando la ley 114 prohíbe la internación en situaciones de pobreza?
  • Cómo logra permanecer el Consejo de Derechos silenciado, cuando crece el índice de mortalidad materna y el embarazo adolescente en las zonas del sur de la Ciudad, generando brechas de magnitud desconocidas entre los barrios o cuando se cierra el programa Ciudadanía Porteña?
  • Qué ha hecho el Consejo de los Derechos frente a cada uno de los niños y adolescentes que siguen pasando por comisarias frente a la imputación de la comisión de un delito, a pesar de distintos fallos nacionales e internacionales que lo prohiben?
Todas estas cuestiones, son las que debe ocuparse el Consejo y no aquellas que han quedado plasmadas ridículamente por decisión política en el plagio de la página extranjera, como si no fuera importante siquiera tomarse un tiempo para evaluar lo oportuno de los contenidos, el lenguaje, la cultura y la realidad de sus destinatarios. Esto no sólo pone en evidencia la incapacidad del gobierno porteño para diseñar políticas para el colectivo infancia, sino que pone de relieve el menosprecio por los niños y por las políticas destinadas a promover y proteger sus derechos.

Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención de los Derechos del Niño CASACIDN

Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia de Argentina.

FUNDACION SUR ARGENTINA
FEDERACION UNIVERSITARIA ARGENTINA FUA
FORO POR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, LA ADOLESCENCIA Y LA JUVENTUD
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ABUELAS DE PLAZA DE MAYO
APDH
IGUALDAD DE DERECHOS
FEIM, CEDEM
SURCOS COLECTIVOS

Agencia para la Integración y Construcción Ciudadana. APLICA

ESPACIO DE INFANCIA  KBA

ESPACIO DE NIÑEZ DE ATE CAPITAL, SIGUEN LAS ADHESIONES

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